Foto carnet con velo o pañuelo religioso: normativa España
España admite el velo religioso en la foto carnet bajo ciertas condiciones. Te explicamos qué se permite y qué no.
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Regla general
La cabeza debe ir descubierta. Excepción: motivos religiosos demostrables (hijab, turbante sij, kipá judío).
Qué debe verse
El velo o pañuelo debe permitir ver con claridad óvalo facial completo: frente, mejillas, mentón y orejas en posición natural.
Qué no se permite
Niqab, burka o cualquier prenda que cubra la cara está prohibida en la foto del DNI español.
Color del velo
Recomendable colores oscuros o medios para crear contraste con el fondo blanco. Evita el blanco puro.
Si te lo rechazan
Si en comisaría te ponen problemas, puedes apelar invocando el derecho a la libertad religiosa (artículo 16 de la Constitución).
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Preguntas frecuentes
¿Necesito un certificado religioso?
No suele exigirse, pero algunos funcionarios pueden pedirlo. Vale un certificado de tu comunidad religiosa.
¿Y los hombres con turbante?
Igualmente admitido, siempre que la cara esté completamente visible.
¿Vale gorro normal por frío?
No. Solo prendas religiosas, no por motivos estéticos o de salud.
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